Producción Más Limpia Aplicada
Legislación y Normatividad
Leyes y normas
Normas Oficiales Mexicanas (NOM´s)
Normas Mexicanas (NMX´s)
Marco Jurídico de la STPS
Marco Normativo
Leyes, códigos, reglamentos federales y estatales (vigentes y abrogadas)
Acuerdos Multilaterales
Los gobiernos acordaron en 1997 el Protocolo de Kioto de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climatico (UNFCCC), es un acuerdo internacional que tiene por objeto reducir las emisiones de seis gases provocadores del calentmiento global: dióxido de carbono (CO2), gas metano (CH4) y óxido nitroso (N2O), además de tres gases industriales fluorados: Hidrofluorocarbonos (HFC), Perfluorocarbonos (PFC) y Hexafluoruro de azufre (SF6), en un porcentaje aproximado de un 5%, dentro del periodo que va desde el año 2008 al 2012, en comparación a las emisiones al año 1990. Por ejemplo, si la contaminación de estos gases en el año 1990 alcanzaba el 100%, al término del año 2012 deberá ser del 95%. Es preciso señalar que esto no significa que cada país deba reducir sus emisiones de gases regulados en un 5%, sino que este es un porcentaje a nivel global y, por el contrario, cada país obligado por Kioto tiene sus propios porcentajes de emisión que debe disminuir.
El acuerdo ha entrado en vigor el pasado 16 de febrero de 2005, sólo después de que 55 naciones que suman el 55% de las emisiones de gases de efecto invernadero lo han ratificado. En la actualidad 166 países lo han ratificado como lo indica la UNFCCC.
fuente: http://unfccc.int/kyoto_protocol/items/2830.php
Convenio de Estocolmo
El Convenio de Estocolmo es el instrumento internacional que regula el tratamiento de las sustancias tóxicas, auspiciado por el Programa de Naciones Unidas para el Medio Ambiente (PNUMA). Este convenio ha sido el resultado de largos años de negociación para obtener compromisos legales de los países que obligue de manera urgente la eliminación de todos los Compuestos Orgánicos Persistentes (COPs).
El Convenio determina a una docena de compuestos sobre los que es preciso emprender acciones de forma prioritaria, es la conocida como "docena sucia", que incluye productos químicos producidos intencionadamente, tales como: pesticidas , PCBs; dioxinas y furanos.
El Convenio de Estocolmo ha sido firmado por 151 países y en la actualidad 34 países ya lo han ratificado. Es necesaria la ratificación de 50 países para que el Convenio entre en vigor 90 días después y se comiencen aplicar políticas de eliminación de estos compuestos.
fuente: http://chm.pops.int/
Plan Nacional de Implementación
Convenio de Rotterdam
El Convenio de Rotterdam sobre el Procedimiento de Consentimiento Fundamentado Previo aplicable a ciertos plaguicidas y productos químicos peligrosos objeto de comercio internacional.
El texto del Convenio fue adoptado el 10 de septiembre de 1998 por una Conferencia de Plenipotenciarios en Rotterdam, Países Bajos y entró en vigor el 24 de febrero de 2004.
El Convenio representa un paso importante para garantizar la protección de la población y el medio ambiente de todos los países de los posibles peligros que entraña el comercio de plaguicidas y productos químicos altamente peligrosos. Contribuirá a salvar vidas y proteger el medio ambiente de los efectos adversos de los plaguicidas tóxicos y otros productos químicos. Establecerá una primera línea de defensa contra las tragedias futuras impidiendo la importación no deseada de productos químicos peligrosos, en particular, en los países en desarrollo. Al dar a todos los países la capacidad de protegerse contra los riesgos de las sustancias tóxicas, habrá puesto a todos en pie de igualdad y elevado las normas mundiales de protección de la salud humana y el medio ambiente.
fuente: http://www.pic.int/home_sp.php?type=t&id=115&sid=14
Convenio de Basilea
El Convenio de Basilea es un tratado ambiental global que regula estrictamente el movimiento transfronterizo de desechos peligrosos y estipula obligaciones a las partes para asegurar el manejo ambientalmente racional de los mismos, particularmente su disposición.
El Convenio de Basilea fue adoptado el 22 de marzo de 1989 y entró en vigor el 5 de mayo de 1992. El Convenio es la respuesta de la comunidad internacional a los problemas causados por la producción mundial anual de 400 millones de toneladas de desechos peligrosos para el hombre o para el ambiente debido a su características tóxicas/ecotóxicas, venenosas, explosivas, corrosivas, inflamables o infecciosas.
El Convenio reconoce que la forma más efectiva de proteger la salud humana y el ambiente de daños producidos por los desechos se basa en la máxima reducción de su generación en cantidad y/o en peligrosidad. Los principios básicos del Convenio de Basilea son:
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el tránsito transfronterizo de desechos peligrosos debe ser reducido al mínimo consistente con su manejo ambientalmente apropiado;
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los desechos peligrosos deben ser tratados y dispuestos lo más cerca posible de la fuente de su generación;
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los desechos peligrosos deben ser reducidos y minimizados en su fuente.
fuente: http://www.basel.int/
Principios de Johannesburgo sobre el Desarrollo Sostenible
La Cumbre Mundial sobre el Desarrollo Sostenible que se celebró del 26 de agosto al 4 de septiembre de 2002 en Johannesburgo, Sudáfrica, donde los delegados adoptaron la Declaración de Johannesburgo y el Plan de Aplicación de Johannesburgo. Bajo la acogida del magistrado jefe de Sudáfrica y el patrocinato del programa de naciones unidas para el medio ambiente (PNUMA). Los objetivos del Plan relativos a los productos químicos incluyen:
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la meta es lograr para 2020, la producción y utilización de productos químicos de manera tal que se puedan reducir al mínimo los efectos adversos significativos en la salud humana y el medio ambiente;
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la elaboración para 2005, de un Enfoque estratégico internacional para el manejo de químicos (
SAICM) basado en la Declaración de Bahía del Foro Intergubernamental sobre la Seguridad Química (IFCS) y las Prioridades para la Acción más allá de 2000; y
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la aplicación nacional del nuevo Sistema Mundialmente Armonizado de clasificación y etiquetado de productos químicos, con objeto de que sea un sistema completamente operacional para 2008.
fuente: http://www.unep.org/law/Symposium/Principles.htm
Comisión para la Cooperación Ambiental
Canadá, Estados Unidos y México crearon en 1994 la Comisión para la Cooperación Ambiental (CCA), en términos del Acuerdo de Cooperación Ambiental de América (ACAAN). El propósito de esta organización internacional es ocuparse de los asuntos ambientales de preocupación común, contribuir a prevenir posibles conflictos ambientales derivados de la relación comercial y promover la aplicación efectiva de la legislación ambiental. El Acuerdo complementa las disposiciones ambientales del Tratado de Libre Comercio de América del Norte (TLC).
fuente: http://www.cec.org/pubs_info_resources/law_treat_agree/naaec/index.cfm?varlan=espanol
Guías de P+L
El CMP+L ha desarrolado Guías de P+L con el objetivo de apoyar a diversos sectores en la implementación autonoma del programa de Producción más Limpia. El cual involucra el uso eficiente de recursos (agua, energía y matertiales), minimizar la generación de residuos y emisiónes, incrementando con ellos los beneficios economicos y ambientales en las empresas.